Córdoba obrera
La justicia falló a favor de ATE y contra la Municipalidad de Bell Ville por prácticas antisindicales
La jueza de primera instancia de Bell Ville, Valeria Guiguet condenó al gobierno local por no reconocer a ATE como organización gremial, por no retener la cuota sindical correspondiente de los afiliados e intimó al pago de multas en caso de que no se cumpla con lo establecido.
Por Redacción El Resaltador • 25/11/2021 08:00 • Tiempo estimado de lectura: 4 minutos
Ayer, la justicia falló a favor de ATE y contra la Municipalidad de Bell Ville por prácticas antisindicales. La jueza de Primera Instancia de Bell Ville, Dra. Valeria Guiguet condenó a la Municipalidad de dicha localidad por realizar prácticas desleales contra ATE y sus afiliados y afiliadas, al negarse a realizar la retención de la cuota sindical, tal y como lo establece la Ley de Asociaciones Sindicales y las resoluciones del Ministerio de Trabajo.
El conflicto se mantenía desde 2018, cuando desde el gremio iniciaron acciones legales. El municipio desconocía a la Asociación de Trabajadores del Estado como organización sindical y por tal motivo, no retenía las cuotas sindicales de los afiliados, incumpliendo su labor como empleador.
El secretario General de ATE Córdoba, Federico Giuliani, destacó la sentencia y afirmó: “nosotros ahora vamos a pedir una instancia de diálogo, poder conformar una mesa de trabajo e institucionalizar la relación. Ahora comienza a imperar la libertad y democracia sindical en Bell Ville como ya existe en otros 100 municipios de la provincia donde ATE tiene presencia organizada”.
Además, Giuliani, resaltó el fallo judicial: «nos da el ámbito de participación sindical en Bell Ville, reconociendo nuestra personería gremial, equiparándonos con otros gremios«. Al respecto, recordó el caso ocurrido en el ámbito de la Provincia, cuando en 2006, el gobierno de José Manuel De La Sota incurrió en las mismas faltas, obteniendo la misma sentencia judicial.
La magistrada Guiguet ordenó que la municipalidad de Bell Ville comience a realizar la retención de la cuota sindical en el recibo de haberes de aquellas trabajadoras y trabajadores que son afiliados de ATE. Además, se intimó al gobierno local a sufrir altas multas en el caso de incumplimiento de la sentencia. El gobierno local cuenta con 5 días para apelar la sentencia, de otra manera, la decisión queda firme.
Por su parte, la abogada de ATE Córdoba, María Terragno explicó al respecto: “En muchos municipios, las y los intendentes se arrogan la facultad de reconocer o desconocer a un sindicato, determinando en base a su autoridad municipal cuál es el sindicato con actuación dentro del municipio que gobiernan. Pero eso no lo determina la autoridad municipal sino el Ministerio de Trabajo de la Nación y como tal ATE tiene personería y esto involucra también con el derecho constitucional a la libertad sindical”.
Además, finalizó, “estamos muy contentos de recibir este fallo porque además, establece que, al interferir en el derecho del trabajador de elegir a su gremio, el municipio realizó una práctica desleal y como tal impuso una multa, porque su conducta fue un acto ilícito contrario a los intereses de ATE y de los trabajadores municipales. Esto es ejemplificativo para el resto de los municipios”.
Continúa la lucha por despidos de trabajadoras en Carlos Paz
A principio de año, desde la gestión del intendente Gómez Gesteira, despidieron y trasladaron a trabajadoras afiliadas a ATE del Hospital Municipal Gumercindo Sayago por participar de un plan de lucha en reclamo de aumento salarial y mejoras en las condiciones de trabajo. Posteriormente, la Municipalidad incumplió una resolución judicial que ordenó la reinstalación de las despedidas y trasladadas.
En este sentido, la última novedad fue que INADI emitió un dictamen confirmando las denuncias del gremio contra la Municipalidad de Villa Carlos Paz de cometer actos discriminatorios y antisindicales contra las trabajadoras.
Al respecto, la abogada de ATE, Paloma Muñoz, explicó que: «Como la Municipalidad no respondió ni contrastó nada del planteo realizado por ATE, el INADI dio lugar a la presentación y declaró, con la firma del Director de Asistencia a la Víctima, que los despidos y los traslados fueron discriminatorios en el marco de Ley 23.592 (que establece a los actos discriminatorios como delitos, basándose en el artículo 16 de la Constitución Nacional)».
“El dictamen nos sirve como precedente para acompañar y seguir ratificando todo lo que estamos planteando en el amparo respecto a estas compañeras. Mientras que la Municipalidad no logra demostrar por qué las traslada o las despide, cuando tienen antigüedad y tareas permanentes para acceder a la estabilidad laboral en el Estado que garantiza la Constitución. Por lo tanto, rige la presunción de acto discriminatorio e antisindical, como la causa real de los despidos y traslados”, agregó.
El proceso legal se encuentra en instancias superiores para su resolución.