Sociedad

De 2018 a hoy: acuerdos, desacuerdos y cambios de última hora

Con algunas modificaciones decididas ayer, en un esfuerzo para lograr nuevas adhesiones, el proyecto actual tiene coincidencias y diferencias con el de la Campaña Nacional de hace dos años.

(Foto La Tinta)

En junio de 2018, cuando por primera vez en la historia de la Argentina se debatió parlamentariamente la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), el proyecto que dio lugar a las históricas sesiones -que lograron su aprobación en Diputados y el rechazo en el Senado- fue el presentado por la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Seguro, Legal y Gratuito. Esta agrupación es una amplia y diversa alianza federal, que articula y recupera parte de la historia de las luchas desarrolladas en nuestro país en pos de ese derecho que tuvo su puntapié inicial en 2003 en el Encuentro Nacional de Mujeres.

Si bien las iniciativas más conocidas que buscaron ingresar al recinto antes del debate de 2018 fueron impulsadas por la Campaña Nacional, el primer anteproyecto sobre aborto y anticoncepción introducido al Congreso fue presentado por la Comisión por el Derecho al Aborto en 1992 y fue presentado por la diputada radical Florentina Gómez Miranda, histórica defensora de los derechos de la mujer.

Esta vez, el proyecto que debatirá el Congreso ingresó el 17 de noviembre, enviado por el presidente Alberto Fernández y contiene semejanzas y diferencias con aquel que ingresó hace dos años de la mano de la Campaña y modificaciones realizadas luego de las comisiones con el fin de lograr nuevas adhesiones.  

Algunas de ellas son las siguientes:

*El proyecto actual dice que toda persona gestante tiene derecho a acceder a la interrupción de su embarazo en un plazo máximo de diez días corridos desde su requerimiento mientras que el de 2018 establecía ese lapso en5 días.

* Mientras la iniciativa de la Campaña despenalizaba totalmente a las mujeres, el proyecto actual las penaliza en el caso de un aborto luego de las 14 semanas, aunque agrega una posibilidad de exclusión de la pena “cuando las circunstancias hicieran excusable la conducta”.

* La Campaña no incluyó en 2018 la objeción de conciencia para los profesionales pensando que sería una forma de obstruir las prácticas.  El proyecto actual la regula expresando que los profesionales deben mantener su postura en todos los ámbitos en los que ejerce su labor (privado y público). El articulado original que envió el Ejecutivo, no mencionaba sin embargo la objeción de conciencia institucional, pero ayer se incluyó la posibilidad de que estas puedan objetar, pero están obligadas a la derivación a otro establecimiento que realice el aborto.

* Ambas iniciativas coincidían en el consentimiento informado de las niñas o adolescentes entre 13 y 16 años, expresando que “tienen la aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica y prestar consentimiento”. Sin embargo, uno de los cambios de último momento propone que entre los 13 y los 16, cuenten con el acompañamiento de un mayor. En el proyecto que llega hoy a Diputados también se agregó la obligación de proteger a las menores de edad que puedan haber sufrido una violación.

*En el aspecto penal ambos proyectos mantienen una pena de 3 a 10 años (o 15 si el aborto es seguido de muerte). Incorporan la penalización para los profesionales que dilataran o se negaran a la práctica (prisión de 3 meses a 1 año e inhabilitación por el doble de la condena). Despenaliza el aborto realizado con consentimiento hasta la semana 14 y, consecuentemente, no dispone penas para la mujer que se practica a sí misma un aborto o es asistida por alguien con su consentimiento.