Judiciales

El fallo de la Corte por el atentado en Río Tercero y el momento elegido, ¿una casualidad?

Por Fabián Menichetti • 08/05/2021 00:01 • Tiempo estimado de lectura: 5 minutos

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, dejó en firme el fallo que ratificó las condenas de cuatro militares retirados en el juicio que se desarrolló en 2014 en Córdoba, y que avaló en 2017 la Cámara Nacional de Casación Penal. Pasaron casi cuatro años para que se expidiera.

Por Fabián Menichetti, Editor Tercer Río Noticias. Director periodístico Mestiza Rock

«Deja toda la impresión de que la Corte Suprema está limpiando el patio de la casa, en un momento en el que es cuestionada, sacando una resolución de un hecho que tuvo alto impacto, a cuatro años de que una Cámara de Casación hubiera resuelto que la sentencia del Tribunal de Córdoba, era correcta», señaló una fuente ligada a la causa por el atentado perpetrado en la Fábrica Militar de Río Tercero en noviembre de 1995 a este medio.

El 3 de noviembre de aquel año, brutales explosiones sacudieron a la industria y a la ciudad en donde se encuentra, ocasionando siete víctimas fatales directas, más de 300 personas heridas, cuantiosos daños materiales, además del impacto emocional que perdura.

En 2014, cuando habían pasado 19 años, el Tribunal Oral Número 2 de Córdoba, condenaba a cuatro exmilitares, funcionarios en 1995, tanto en la industria como en la entonces Dirección General de Fabricaciones Militares por el delito de «estrago doloso agravado por la muerte de personas». En sus fundamentos, conocidos en febrero del año siguiente, señalaba que se había tratado de un hecho intencional, «un atentado».

La Sala III de la Cámara de Casación, compuesta por Alejandro Slokar, Ángela Ledesma y Gustavo Hornos, en 2017, había confirmado las condenas del tribunal cordobés. Se había abierto una nueva instancia, además, para que prosiguiera el juicio de 2014, con el expresidente, Carlos Menem, como único acusado por el delito de «autor mediato».

La fecha fijada para el inicio de las audiencias, era febrero de 2021. No pudo ser. El exmandatario, que ya se encontraba grave, fallecería antes de que eso sucediera.

«Llama la atención que este fallo salga luego de la muerte de Menem, porque si hubiera estado antes agravaba su situación procesal para lo que debería haber afrontado», respondió a este medio, el abogado Aukha Barbero, uno de los patrocinantes de la querella.

A casi cuatro años después de aquella resolución de Casación, la Corte Suprema de Justicia, en medio de fuertes críticas por el reciente y cuestionado fallo por «la presencialidad» escolar en medio de la pandemia del Covid-19, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, desempolvó la causa Río Tercero. Transcurrieron, como está señalado, casi cuatro años desde aquel fallo de Casación, ratificando la sentencia del tribunal cordobés.

«Llama la atención que para el tema de la presencialidad en CABA, se expidieron en una semana, pero para la causa de Río Tercero, demoraron cuatro años, ¿o no les interesaba lo de Río Tercero o es otra cosa?», planteó el mismo consultado del comienzo. 

«Por otra parte, primero salió en un medio de comunicación, y después seguramente se informará a las partes. En esa nota, uno de los jueces más cuestionados, como es Hornos, aparece como un paladín de la Justicia, por su resolución de 2017, cuando no hizo más que reproducir lo que había señalado el Tribunal Oral de Córdoba. Es extraño, ¿no?», agregó. «Todo parece muy bien aceitado en este mecanismo que no es nuevo, por supuesto», indicó.

A Hornos, luego de que se conociera que había visitado al menos en seis ocasiones a Mauricio Macri en la Casa Rosada cuando era mandatario, sus pares, Alejandro Slokar y Ángela Ledesma, le habían pedido que renunciara a la presidencia del tribunal.

No fue el único pedido de dimisión. Lo reiteraron por haberse demorado en intervenir ante los mensajes de contenido misógino que Juan Carlos Gemignani, integrante de ese tribunal, envió a sus colegas durante el Día Internacional de la Mujer Trabajadora. 

Más allá de que no existirá una respuesta sobre el porqué, precisamente la Corte Suprema, eligió luego de casi cuatro años este momento para expedirse en la causa de Río Tercero, lo ocurrido hace 26 años, siempre navegó en el mar de la eterna lentitud de la Justicia.

Como está señalado, pasaron 19 años para que se pudiera arribar a un juicio; debieron pasar tres más para que una Cámara Nacional de Casación ratificara la sentencia de ese tribunal; y transcurrieron otros cuatro años ¡para que la Corte Suprema de Justicia, se expidiera indicando que lo sucedido en Río Tercero, había sido un atentado!

La dilación de la Justicia fue extrema con el dolor y el perjuicio en miles de personas, especialmente en las familias que perdieron a un ser querido. La Justicia fue a destiempo, con el daño que ocasionó, pero también se «adecuó» a los tiempos políticos del momento.

En el medio, no se pudo conocer la verdad absoluta, con la prosecución de un juicio que, además, podría haber arrojado respuestas a preguntas que permanecen pendientes y algunos puntos de sutura para heridas que aún permanecen abiertas y doliendo. Lo de 1995 en Río Tercero, es uno de los hechos más atroces sucedidos en Argentina, por lo menos en su historia contemporánea: se bombardeó a una ciudad sin estar el país en guerra.

Si lo que se indica, es así, que la Corte Suprema decidió expedirse sobre una de las causas más enmarañadas y demoradas de la historia judicial argentina en un determinado momento y sólo por conveniencia, hace que todo sea más grave, porque entonces se estaría utilizando a una tragedia de magnitud, no impartiendo justicia, que de hecho, ha sido incompleta, endeble, no sólo para la sociedad riotercerense, sino para la del país.

Uno pretende que no sea así. Quiere creer que no debe ser así.

Pero…

Fuente: 3rionoticias.com