Sociedad

Ley de Talles: habrá un sistema único normalizado para la indumentaria

La Ley 27.521 fue recientemente reglamentada y rige para quienes comercializan vestimenta nacional o importada, de manera presencial o por medios electrónicos.

La Ley de Talles (Ley 27.521) fue reglamentada el miércoles a través de un decreto publicado Boletín Oficial y estableció un sistema único de identificación de talles en todo el país.

El Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (Suniti), rige para quienes comercializan vestimenta nacional o importada, de manera presencial o por medios electrónicos.

Además, se incluyen el calzado y los uniformes de trabajo, de acuerdo al decreto 375/2021. La normativa aclara que dicho sistema deberá ser implementado para todo tipo de indumentaria, “salvo aquellas prendas expresamente excluidas”.

En efecto, se excluyó la indumentaria denominada de alta costura o de diseño de autor; las prendas confeccionadas a medida y, en general, aquellas que se hayan realizado de manera personalizada a pedido de consumidoras y consumidores; los accesorios de vestir (corbatas, bufandas, pañuelos, medias, guantes y sombreros, entre otros) y los implementos destinados a la protección personal en tareas laborales.

El objetivo es generar «el acceso a información unívoca en materia de talles de indumentaria», resalta el decreto y agrega que «la falta de la estandarización en el sistema de identificación de talles de indumentaria es una problemática que tiene repercusión no solo en los distintos sectores dedicados a la fabricación, confección, comercialización e importación de estos productos sino, fundamentalmente, afecta el interés de las consumidoras y los consumidores».

Además se determinó que «será considerado acto discriminatorio cualquier práctica abusiva, vejatoria o estigmatizante referida al aspecto físico, género, orientación sexual, identidad de género u otra característica de las consumidoras y los consumidores».

Cabe destacar que la Ley fue reglamentada a más de un año y medio de su sanción en la Cámara de Diputados.

El objetivo es generar "el acceso a información unívoca en materia de talles de indumentaria", resaltó el decreto.

Cómo se establecerán los talles

En cuanto al estudio antropométrico mediante el cual se establecerán las medidas corporales estandarizadas, se dispuso que el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) será el encargado de realizarlo dentro del plazo de 240 días.

Por su parte, la Secretaría de Comercio Interior será la autoridad de aplicación de la Ley y en tal carácter estará facultada para dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que resulten necesarias para su efectiva aplicación.

Asimismo, se creó el «Consejo Técnico Consultivo del Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria», cuya función será examinar y pronunciarse, a pedido de la autoridad de aplicación, sobre cuestiones referentes a la implementación y difusión de ese sistema, sin efecto vinculante.

El estudio antropométrico para establecer las medidas corporales estandarizadas estará a cargo del INTI.

Fuente: Télam