Córdoba obrera
UEPC: Propuesta paritaria de la provincia para el 1er semestre 2023
Aún está en evaluación, pero desde el gremio indicaron que no será firmado ningún acuerdo salarial sin que se reintegren los descuentos.
Por UEPC • 11/04/2023 08:56 • Tiempo estimado de lectura: 5 minutos
UEPC informa que en el marco de la Comisión de Paritaria Salarial Docente, el Gobierno de la provincia de Córdoba, presentó la siguiente propuesta que -de ser aceptada- implica:
Piso salarial (Salario Inicial) Maestro de Grado (con FONID): tendrá un 56,2% de aumento a Julio, en relación al mes de Enero. Dicho aumento se construirá con:
● la Pauta general,
● el aumento del FONID,
● el aumento de la antigüedad en los salarios iniciales,
● la Duplicación del Estado Docente (En esta nueva propuesta se suma la Duplicación del Estado Docente)
El salario Inicial del Maestro de Grado será en Marzo y Abril de $162.185; en el mes de Mayo de $174.500; en el mes de Junio de $186.875; y en el mes de Julio de $187.845, alcanzando el 56,2% de aumento a Julio, en relación al mes de Enero (59% si se toman sólo los fondos provinciales). Por otro lado, en el resto del escalafón el aumento total varía entre el 48 y el 50%.
El porcentaje podrá ser mayor si la inflación al mes de Mayo supera el 30 %, o si en el mes de Julio supera el 40 %.
● Con los haberes del mes de Marzo se duplicará el ítem salarial remunerativo “Estado Docente”, que se abona en un cargo y hasta 15 hs. de cátedra. En el caso del salario inicial del Maestro de Grado, esto significará un aumento adicional del 14% ; lo cual determina un total de aumento del 34% en Marzo con respecto a Enero.
Cláusula de revisión automática
● En los meses de Mayo y Julio se aplicará automáticamente la CLÁUSULA DE GARANTÍA, del siguiente modo: si la inflación acumulada en los meses de Enero, Febrero, Marzo y Abril, resulta un porcentaje mayor al 30 % del aumento salarial, la diferencia entre lo publicado por el IPC de Córdoba y dicho 30 %, se sumará automáticamente al porcentaje del salario del mes de Mayo.
● Asimismo, en el mes de Julio: si la inflación acumulada entre Enero y Junio da un porcentaje mayor al 40 % del aumento salarial, se le sumará automáticamente la
diferencia a los haberes del mes de Julio.
● En ambos casos si el porcentaje que publica el IPC de Córdoba es inferior al 30 % en Mayo o al 40 % en Julio, se respetarán los porcentajes de incremento acordados para dichos meses.
Aumento de la antigüedad del 15 al 20 % en los salarios Iniciales
● En todos los cargos y horas de cátedra iniciales del Escalafón Docente (de 0 a 4 años de antigüedad), se elevará a partir del mes de Marzo 2023, en el Ítem “Complemento
Inicial“ el porcentaje de antigüedad del 15 al 20 %.
Por la Paritaria Nacional Docente
● Con los haberes del mes de Marzo se aumenta el FONID en $3.086 para un cargo y 15 hs. cátedra ($6.172 para 2 cargos y 30 hs. ). A partir de Marzo el FONID será de $15.186 para un cargo, y de $30.372 para 2 cargos y 30 hs. El monto de FONID será de $1.012,40 por hora.
● Con los haberes del mes de Julio se suman $968 para un cargo y 15 hs. cátedra ($1.936 para 2 cargos y 30 hs.). De este modo el FONID en el mes de Julio será de $16.154 para un cargo y $32.308 para 2 cargos. La hora cátedra por FONID en el mes de Julio será de $1.076,94 por hora hasta 30 horas.
Asignaciones Familiares
● Se duplican los montos de las asignaciones familiares a partir del mes de Abril del 2023, modificándose las bandas salariales para la percepción de las mismas.
Incremento a Jubiladas y Jubilados
La pauta para jubilados será en Febrero del 10%; en Marzo del 26,50%; en Mayo del 36,50%; en Junio y Julio del 46,50% Se cobra a los 30 días.
Además, se suma el pago de un monto equivalente al 82% del componente FONID.
FONID PARA JUBILADOS: $8.500 Abril; Y $9.300 desde Agosto.
FONID PARA PENSIONADOS: $6375 en Abril; y $6975 desde Agosto. Los montos quedan incorporados y se cobrarán todos los meses y aumentarán cada vez que aumente el FONID.
De esta manera somos junto a Neuquén, las únicas provincias en las que el FONID lo percibirán los jubilados y pensionados docentes.
Se modificará el tope de $250.000 establecido por el Decreto 137 del 9 de Febrero del corriente año, para que todo el sector docente cobre los incrementos a los 30 días (en lugar
de 60 días).
Segundo Semestre
A partir del mes de Agosto se retoma la discusión salarial para la fijación de la pauta de incremento para el segundo semestre del año 2023.
Por resolución de la Asamblea Provincial NO será firmado ningún acuerdo salarial sin que se reintegren los descuentos por días de paro del 27 de febrero, 8 de marzo y 10 de marzo y no se descuenten los paros del 22 y 23 de marzo.