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Bell Ville: Implementarán un programa de capacitación laboral para jóvenes

Se trata del «Programa Municipal de Entrenamiento Laborales Municipales (PEM)», que tiene por objetivo «optimizar y mejorar las condiciones de empleabilidad de trabajadores desocupados mayores de 18 años».

Por Redacción Tribuna Bell Ville • 18/12/2021 08:00 • Tiempo estimado de lectura: 4 minutos

Mediante la sanción de la ordenanza respectiva, el Concejo Deliberante habilitó a la intendencia local para implementar un programa de capacitación laboral para jóvenes, totalmente financiado por la comuna bellvillense, que promueve el entrenamiento necesario para que las nuevas generaciones de vecinos puedan acceder más fácilmente al mercado del empleo formal.

Se trata del «Programa Municipal de Entrenamiento Laborales Municipales (PEM)», que tiene por objetivo «optimizar y mejorar las condiciones de empleabilidad de trabajadores desocupados mayores de 18 años a través del desarrollo de entrenamientos laborales públicos o privados brindados por la Oficina de Empleo de Bell Ville (OE Bell Ville), a llevarse a cabo en ambientes de trabajo que incluyan procesos formativos y tutorías que tiendan a enriquecer sus habilidades y destrezas personales».

Según los fundamentos de la nueva norma promovida por el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM), «producto de la situación económica que atraviesa nuestro país, en la actualidad existe una gran masa de personas desocupadas o subocupadas mayores de 18 años, provocando que vecinos de nuestra ciudad, como así también de localidades aledañas como Morrison, Marcos Juárez, Leones, San Marcos Sud, Ballesteros, Justiniano Posse, Monte Leña, Cintra, San Antonio de Litín, Pascanas, Monte Maíz, Noe-tinger o Laborde, concurran a la Oficina de Empleo de la Municipalidad de Bell Ville para peticionar inscripciones en la búsqueda de empleo o capacitaciones de cursos de formación profesional con salida laboral».

«Observada esta problemática, se debe buscar fortalecer el desarrollo productivo y el fomento del empleo a fin de generar una expectativa positiva para todos los bellvillenses. En tal sentido, la Carta Orgánica Municipal (COM) establece que es deber del estado municipal garantizar la igualdad real de oportunidades y de trato», y para tal fin se habilita a la comuna para «la implementación de políticas que tengan como finalidad el desarrollo económico social, para favorecer la creación de fuentes de trabajo, incentivando la inversión productiva local, promover el crecimiento y el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas y los microemprendimientos, y así estimular la creación de fuentes de trabajo, beneficiando a empresas existentes o aquellas nuevas que se radiquen, mediante la desgravación de impuestos y tasas».

En este marco,también se busca «incentivar la actividad productiva promoviendo nuevas radicaciones que aseguren inversiones y favorezcan el pleno empleo y el arraigo. Temporalmente sin necesidad de ordenanza previa, puede el Departamento Ejecutivo Municipal, por un tiempo limitado -no mayor de un año- apoyar dichos emprendimientos con la desgravación de tasas e impuestos que pesan sobre la actividad, mediante el dictado de un Decreto debidamente fundado». Además, desde la COM «se favorece la capacitación técnica empresarial en todas sus ramas, como así también el dictado de cursos de perfeccionamiento laboral».

Para ello, «la Municipalidad elaborará planes integrales y permanentes de protección, asistencia y seguridad social», pero además la comuna «instruirá políticas tendientes a la formación integral de los jóvenes en su capacitación, salida laboral y uso del tiempo libre».

«Es por ello que se considera pertinente la creación de un Programa de Entrenamiento Laboral, el cual será financiado completamente por el municipio de Bell Ville, teniendo como propósito que las personas desocupadas y sub-ocupadas adquieran las herramientas necesarias a fin de que aumenten su capacidad operativa de empleabilidad, logrando de esa manera poder salir de la situación antes descripta que se encuentra, sumado a la cuestión que nuestra ciudad como los Municipios vecinos no cuenta con una herramienta similar».

En la parte resolutiva de la ordenanza, se indica que «serán beneficiarios del presente Programa las personas mayores de 18 años hasta su edad jubilatoria, debiendo tener una antigüedad mínima y comprobable de dos años como residente de la ciudad de Bell Ville, siempre que hayan realizado algún Curso de Formación Profesional o talleres de apoyo a la búsqueda de empleo, orientación laboral, orientación al empleo independiente avalados por la Oficina de Empleo Bell Ville».

En este sentido, «podrán acceder al PEM los siguientes empleadores sean privados o públicos como micro, pequeñas, medianas o grandes empresas; profesionales (monotributistas e inscriptos en Municipalidad), e instituciones con personería jurídica de Bell Ville». Finalmente, se dispone que «los entrenamientos laborales pertenecientes al PEM serán financiados por la Municipalidad de Bell Ville», designándose a la Oficina de Empleo Municipal como autoridad de aplicación de la presente ordenanza, pudiendo diseñar y ejecutar los entrenamientos laborales a través de la misma».