Política y Economía

Córdoba: fallo judicial contra la movilización popular, una política dictatorial de Schiaretti

Las organizaciones piqueteras no fueron invitadas a participar a las audiencias en las que se elaboró el fallo ni fue tenida en cuenta la palabra de quienes luchan contra el hambre y la miseria.

Por Redacción Prensa Obrera • 12/04/2023 09:04 • Tiempo estimado de lectura: 6 minutos

Juan Manuel López, a cargo del Juzgado de Control de Faltas Número 10, dio lugar a un “Habeas Corpus colectivo-denuncia de limitación de libertad ambulatoria y de trabajar libremente sin orden de autoridad competente y alteración de la tranquilidad pública”. En realidad, la medida es un fallo contra la protesta social, y en particular contra las movilizaciones piqueteras.

Tras la sentencia, en las últimas horas trascendió que imputarían a 6 referentes de la Unidad Piquetera y del Polo Obrero. Es claro que el fallo se da en el marco de una campaña emprendida desde el poder político; el juez Juan López actuaría siguiendo directivas.  Por eso sacó un “Habeas Corpus” incriminatorio, discriminatorio, en el que siempre está asociando la protesta con el delito, con un ilícito, al sostener que “el marco de las manifestaciones multitudinarias opera como caldo de cultivo y pantalla para la comisión de diversos delitos”. Grave.

¿A qué se refiere el juez con “caldo de cultivo”? ¿Cuáles son las pruebas para sostener un escrito acusatorio? En el fallo, López cita el discurso de quienes se presentan como víctimas de la protesta social, describiendo que “tales reclamos, lejos de desarrollarse en tranquilidad y dentro de los cánones legales, son realizados de manera ilegal, cortando la vía pública en su totalidad y en condiciones violentas (…) perjudicando de manera directa y maliciosa el desempeño regular de la actividad laboral y comercial”. El magistrado es juez y parte, se corre del principio de imparcialidad.

“En apoyo de lo expuesto (quienes presentaron el pedido de Habeas Corpus) ofrecieron como prueba documental diversas notas periodísticas que dan cuenta de lo relatado”. Así las cosas, las pruebas con las que el magistrado funda su juicio son relatos publicados en empresas de comunicación que reciben pautas publicitarias millonarias por parte del poder político.

El juez habla de una supuesta restricción a la libertad personal, afirmando que el “análisis de la presentación y los testimonios prestados en las audiencias dan cuenta de una afectación arbitraria a la libertad personal y de locomoción, que es el derecho que se ampara y garantiza a través del habeas corpus”. El magistrado termina consagrando el derecho de circulación como un valor absoluto. También considera que  se vulneran “numerosos derechos básicos y elementales, como el de la libertad de locomoción, de ejercer el comercio o toda industria lícita, de ingresar y salir libremente de sus domicilios y sus negocios, entre otros tantos”.

Hay que tener en cuenta que las organizaciones piqueteras no fueron invitadas a participar a las audiencias en las que se elaboró el fallo. Tampoco fue tenida en cuenta la palabra de quienes luchan contra el hambre y la miseria en los proyectos de ley anti protesta, que se presentaron en la Unicameral.

Para el juez “es preocupante el avasallamiento de los derechos de otro colectivo vulnerable que merece especial protección del Estado. Me refiero a la utilización de niños en las manifestaciones callejeras”. Aquí presume de defender derechos de una niñez a la que el Estado y el gobierno no le garantiza, de conjunto, siquiera una taza de té. Los merenderos de la Unidad Piquetera no dan abasto para satisfacer el hambre de lxs pibxs. La asistencia a los comedores populares es uno de los puntos que se viene reclamando.

Así las cosas, el juez termina por negar toda una realidad social, niega la situación económica de crisis de las familias trabajadoras, no analiza las razones objetivas de la protesta. Utiliza el Habeas Corpus para decir que hay una privación ilegítima de la libertad, y por lo tanto cualquier protesta y ocupación del espacio público puede caracterizarla como un delito.

La mencionada sentencia se da en el marco de una carrera derechista del conjunto de los partidos patronales que apunta contra el movimiento piquetero, como blanco principal de sus ataques, pero constituye un tiro por elevación sobre la protesta obrera y popular contra el ajuste de quienes gobiernan.

Cabe destacar el rol de las empresas de medios de comunicación, como La Voz del Interior y Cadena 3 que agitan un discurso anti protesta. Esto termina completando un cuadro político y judicial en que se pretende quitar derechos constitucionales a quienes luchan contra el hambre y el trabajo.

El juez niega la criminalización de la protesta, pero en su aclaración la confirma. Las multitudinarias movilizaciones necesariamente tienen que ocupar el espacio público. Y este es un punto clave, que plantea el centro del problema, porque solo con la movilización popular se pueden defender los derechos que son negados por quienes gobiernan. Crece el ajuste, la inflación y el saqueo capitalista, mientras la población se hunde en la miseria social.

La lucha contra el ajuste y la represión es una sola

Para hacer pasar el ajuste, los gobiernos apuntan y persiguen a lxs luchadores. La ministra de desarrollo social, Victoria Tolosa Paz, dio la baja a miles de programas sociales, como así tampoco otorga la asistencia a comedores y distintos proyectos. Quien más lleva a fondo la cuestión represiva es el fascista Milei, que defiende a los de gorra azul, pero a la par Patricia Bullrich, Sergio Berni y en general los políticos capitalistas.

La sentencia emitida en Córdoba pretende preparar la represión contra los piquetes y contra las movilizaciones en general, afirmando que la policía está autorizada a desarrollar “todo tipo de tareas” para evitar las acciones. Eso significa que se acabaron las garantías, para los piqueteros primero, y luego para todo el pueblo trabajador que establezca algún reclamo. Si se sigue los lineamientos del fallo, debemos concluir que se acabaron garantías constitucionales como el derecho a la protesta, y que todo depende de lo que diga el gobierno y la policía, es decir es una dictadura.

El mismo razonamiento expresa el juez López cuando analiza las agresiones de barrabravas contra luchadores. En vez de condenar el ataque, lo justifica diciendo que se trata de una “espiralización de violencia” entre ciudadanos.

El fallo represivo se conoció el mismo día que se condenaba a 12 policías por el crimen de Blas Correas, en cuyo juicio quedó ventilada la impunidad con la que se mueve el aparato represivo descompuesto, no solo en cuanto al gatillo fácil, sino también en cuanto al encubrimiento y la complicidad de altos mandos políticos. En la sentencia de la condena se ordena investigar al ex ministro Alfonso Mosquera y a la actual jefa de la policía.

La lucha contra el ajuste y la represión es una sola. Basta de ajuste, fuera los políticos capitalistas.

FUENTE: Prensa Obrera. Por Osvaldo Nin.