Aborto legal

Es ley en Argentina la Interrupción Voluntaria del Embarazo

Por Redacción ACN • 30/12/2020 05:10 • Tiempo estimado de lectura: 7 minutos

Así lo decidió el Senado esta madrugada por 38 votos contra 29. El Plan de los 1.000 días fue aprobado por unanimidad.

La historia de esta ley fue escrita en las calles, de las manos de cientos de miles de mujeres que nunca arriaron sus banderas (Foto Télam)

A las 4,12 de la madrugada de hoy, la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner –en su carácter de presidenta del Senado- anunció la aprobación de la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) por 38 votos a favor, 29 en contra y una abstención. Con esos números, el aborto dejó de ser clandestino en la Argentina para tornarse legal. A continuación, pasadas las cuatro y media, se votó el Plan de los 1.000 días, que resultó aprobado por unanimidad.

Pese a que ya desde las 11 de la noche de ayer se sabía que el proyecto tenía los apoyos necesarios para ganar la votación y que la tendencia era irreversible, en el sector verde de la Plaza de los Dos Congresos la vigilia se convirtió en grito cuando se anunciaron los números en el tablero del recinto. Era cuestión de tiempo. Desde aquel 9 de agosto de 2018 –cuando la iniciativa obtuvo 38 votos negativos y 31 positivos (casi un resultado en sentido inverso al de hoy)-  la reivindicación a favor del aborto legal, seguro y gratuito siguió en las calles, fundamentalmente de la mano de las más jóvenes, las de los “pañuelos verdes”. En gran medida, la aprobación de hoy nació en aquella noche fría de hace dos años atrás, porque las banderas nunca se arriaron y el tema no cesó de estar en la consideración pública.

La iniciativa, que fue enviada al Congreso por el Poder Ejecutivo en cumplimiento de una de las promesas de campaña del presidente Alberto Fernández, llegó al Senado desde Diputados, que le dio media sanción el pasado 11 de diciembre por 131 votos a favor contra 117 negativos. La legalización del aborto culmina una extensa lucha liderada por el movimiento de mujeres, que tuvo su génesis en la Campaña Nacional del Aborto que se creó en 2005 y en el Encuentro Nacional de Mujeres.

Los votos celestes que se contabilizaban al principio de la sesión prácticamente no se movieron durante el largo debate que se inició pasadas las cuatro de la tarde, salvo por dos ausencias que se registraron a las cuatro de la mañana y una abstención. Los que verdaderamente pivotearon el crecimiento de las voluntades afirmativas fueron los indecisos. Empujados, en primer lugar, por el compromiso del Poder Ejecutivo (anunciado por la senadora pampeana Norma Durango al comenzar el debate) de modificar el texto de la ley al momento de reglamentarla para quitar la palabra “integral” del artículo que refiere a una posible causal de interrupción del embarazo. La promesa fue suficiente para destrabar algunos apoyos.

Las gestiones del propio presidente Alberto Fernández también lograron romper la inercia que la Cámara alta mantenía desde 2018. Fue él quien construyó los acuerdos con los senadores Sergio Leavy y Edgardo Kueider para que no votaran en contra. Finalmente, ambos lo hicieron afirmativamente. Así, el esfuerzo del Ejecutivo y sus ministras  y de las senadoras verdes del oficialismo se vio coronado por casi un ciento por ciento de efectividad sobre los legisladores que públicamente no habían tomado posición o se habían pronunciado como indecisos.

En el caso de los senadores cordobeses, tanto Laura Rodríguez Machado como su compañero de Juntos por el Cambio, Ernesto Martínez, votaron afirmativamente en general pero se abstuvieron de aprobar el artículo 16, que modifica el artículo 86 del Código Penal sobre que “no es delito el aborto realizado con consentimiento de la persona gestante hasta la semana 14 inclusive del proceso gestacional”

Puntos principales de la ley

– Consagra el derecho de mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar a decidir la interrupción del embarazo, requerir y acceder a la atención del aborto y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud.
– La iniciativa cumple los compromisos asumidos por el Estado argentino en materia de salud pública y derechos humanos.
– El aborto se permitirá hasta la semana catorce, inclusive, del proceso gestacional.
– Fuera de ese plazo solo se podrá acceder en caso de violación, o si estuviere en peligro la vida o la salud de la persona gestante.
– En el caso de menores de 13 años se requiere un consentimiento informado y la asistencia de, al menos, uno de sus progenitores o representante legal.
– Para adolescentes de entre 13 y 16 años, deberá tener un acompañante o «referente afectivo».
– Las personas mayores de 16 años tienen plena capacidad por sí para prestar su consentimiento.
– Previo a la realización del aborto se requiere el consentimiento informado de la persona gestante expresado por escrito.
– El profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia.
– En el caso de que una institución privada no cuente con profesionales para realizar la interrupción del embarazo deberá disponer la derivación a otra institución.
– El personal de salud debe observar un trato digno, respetando las convicciones personales y morales de la paciente.
– Se deberá mantener la privacidad y el derecho a la intimidad de las personas que recurran a las instituciones para pedir un aborto.
– En los casos de violación cuyas víctimas fueran niñas o adolescente, se deberá denunciar este delito.

El Plan 1.000 días

La propuesta del Poder Ejecutivo, que fue aprobada por unanimidad, “busca fortalecer las políticas públicas para que Argentina se ponga a tono con los altos estándares de la Convención Internacional de los Derechos del Niño” al que nuestro país adhiere. La ahora Ley Nacional de Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia, conocida también como el Plan de los 1.000 días, establece una nueva asignación por Cuidado de Salud Integral, que consiste en el pago de una Asignación Universal por Hijo a concretarse una vez por año para ayudar al cuidado de cada niño o niña menor de tres años. Al mismo tiempo extiende la Asignación Universal por Embarazo (AUE), que pasará de tener seis mensualidades a nueve, para abarcar la totalidad de la gestación.

También se amplía el pago por Nacimiento y por Adopción a las personas beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH), que hasta ahora están excluidas de este beneficio. De acuerdo con el texto, la ley también prevé la provisión pública y gratuita de insumos esenciales durante el embarazo y para la primera infancia, coordinando y ampliando los programas existentes, y la creación del Sistema de Alerta Temprana de Nacimientos y el Certificado de Hechos Vitales con el objeto de garantizar el derecho a la identidad de las niñas y niños recién nacidos. Entre los insumos, se menciona la provisión de medicamentos esenciales, vacunas, leche, alimentos para el crecimiento y desarrollo saludable en el embarazo y la niñez. Se busca afianzar el “derecho a la protección en situaciones específicas de vulnerabilidad” para las “niñas y las niñas con necesidad de cuidados especiales en sus primeros años”, “personas que cursen embarazos de alto riesgo” o padezcan “trombofilia”, “mujeres u otras personas gestantes en situación de violencia por razones de género” y “niñas y adolescentes embarazadas”. Asimismo, se crea en el ámbito del Ministerio de Salud una Unidad de Coordinación Administrativa “para la atención y el cuidado integral de la salud de las mujeres y personas gestantes durante el embarazo y de sus hijos hasta los 3 años”.