Córdoba obrera

Exigen la regularización de títulos de propiedad de viviendas en Villa Siburu

La semana pasada, una campaña que busca presionar para que, finalmente, la Ley nacional 24.374 -conocida como “Ley Pierri”- se comience a aplicar en la provincia, fue lanzada desde el Centro Experimental de la Vivienda Económica y la Asociación de Vivienda Económica (CEVE y AVE-CONICET), el Centro Integrador Comunitario de Villa Siburu (CIC), el Servicio Habitacional y de Acción Social Córdoba (SEHAS), y residentes del barrio. Casi 30 años después de su sanción, Córdoba sigue sin reglamentar la normativa que permitiría regularizar la situación dominial de muchas familias cordobesas.

Por Redacción La Tinta • 04/05/2022 00:05 • Tiempo estimado de lectura: 6 minutos

La Ley Pierri fue sancionada en 1994 por el Congreso de la Nación y es la normativa que prevé una modalidad de trámite administrativo, no judicial, para que quienes acrediten la posesión pública, pacífica y continua de una vivienda con anterioridad al 1° de enero de 2006, y cuenten con documentación que respalde la adquisición -boleto de compra venta, por ejemplo-, puedan tramitar su título de propiedad individual. 

En Córdoba, la aplicación de la Ley brilla por su ausencia desde hace casi tres décadas. Otra normativa no reglamentada en nuestra provincia. La iniciativa de una campaña para que se aplique surge de la Mesa de participación y trabajo del CIC Villa Siburu, espacio barrial y de trabajo colectivo en la que confluyen familias, organizaciones barriales y sociales, distintas facultades de la UNC, espacios de extensión, representantes del del Municipio y la Provincia, el Centro de investigación AVE-CEVE-CONICET y el SEHAS. “El trabajo en la Mesa está dividido en áreas de interés, que son: Educación, Seguridad Alimentaria, Género y Tierra y Vivienda. En el marco de esta última, propusimos trabajar esta campaña que esperamos nos permita conocer, registrar y sistematizar información sobre las diversas posesiones que tenemos en el barrio, pero, fundamentalmente, aquellas que podríamos llamar ‘posesiones urbano-ancestrales’ porque superan ampliamente los 20 años exigidos por el Código Civil para adquirir un dominio por prescripción adquisitiva (art. 1899) y, sin embargo, no pueden acceder a un título de propiedad. Posteriormente, buscaremos realizar una presentación escrita a la provincia, aportando la información relevada y reiterando el pedido de reglamentación de la Ley 24.374. La reglamentación implicaría, en lo concreto, contar una previsión institucional, un presupuesto, una oficina que atienda a las familias y realice estos trámites de regularización”, dicen a La tinta la Abogada Florencia Pasquale, del AVE y CEVE-CONICET, y José Flores, del SEHAS.

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(Imagen: CIC Villa Siburu)

La Ley constituyó una herramienta pensada para regularizar las ventas producidas en el marco de la Ley 14.005 (1950), que eran ventas de lotes o parcelas en cuotas. “El contexto en que se sancionó la Ley Pierri partía de advertir que numerosas personas de escasos recursos ocupaban un inmueble en virtud de un boleto de compraventa, habiéndose producido incluso varias cesiones de los mismos, pero por diversas razones, por ejemplo, el fallecimiento del vendedor, no lograban alcanzar la titularidad del dominio. La dificultad para iniciar y sostener acciones judiciales, ya sean procesos de escrituración o bien de prescripción adquisitiva, llevó a diseñar esta herramienta de regularización dominial”, agregan lxs integrantes de la Mesa y aclaran que no permite regularizar cualquier posesión, sino la de terrenos con inmuebles edificados urbanos, ocupados en virtud de causa lícita, con posesión pública, pacífica y continua durante tres años con anterioridad al 1° de enero de 2009, y que deben tener como destino principal las viviendas únicas familiares de habitación permanente, aunque una reforma posterior amplió el alcance a las viviendas de agricultores familiares, respecto de los inmuebles donde residan y produzcan (art. 35, Ley 27.118). Pasquale y Flores añaden que el trámite es administrativo, no judicial, y el costo es inferior a otros procedimientos.

Con Buenos Aires como el caso más conocido y con resultados positivos, la Ley Pierri fue reglamentada en numerosas provincias y es una gran herramienta que ha permitido regularizar la situación dominial de muchas familias, pero sigue sin cumplirse en Córdoba. Pasquale y Flores explican con claridad que, si bien nuestra provincia tuvo adhesiones en dos momentos, nunca la reglamentó: “Según información no oficial, la Provincia optó por otra herramienta al momento de dar respuesta institucional a esta problemática social. Nos referimos a la Ley 9.150 que creó el denominado Registro de Poseedores de Córdoba. Lo cierto es que dicha ley no suple la solución que brinda la Ley 24.374. Ambas legislaciones tienen objetivos distintos, la 9.150 tiene un alcance más limitado. Digamos que la registración de la posesión es una solución intermedia. Observamos cierta ausencia de información sobre las posesiones de los barrios populares de Córdoba. Poder identificar claramente este tipo de situaciones de informalidad de familias que cuentan con boletos de compraventa va a contribuir a visibilizar la importancia de reglamentar esta ley en Córdoba”, expresan lxs especialistas. 


Pasquale y Flores enfatizan: “Relevar la historia de la adquisición de cada familia, la documentación que poseen, el contexto en el cual adquirieron su vivienda representa a sí mismo un particular modo de ingresar al conocimiento del pasado de Villa Siburu. En este contexto, en el tiempo de preparación que llevamos desde nuestra Mesa de trabajo, hemos encontrado una referencia y conexión entre los documentos que poseen algunas de las familias y el pasado territorial comechingón de barrio Alberdi”.


“En este sentido, si bien nuestro objetivo principal es visibilizar la situación de la ausencia de títulos de las familias que actualmente poseen en el barrio y contribuir al reclamo de reglamentación de la ley, otra dimensión del abordaje estimamos nutrirá un proceso de reconocimiento y puesta en valor de la memoria barrial”, añaden.

Desde la Mesa del CIC de Villa Siburu, expresan a La tinta que, por ahora, la propuesta tiene un alcance barrial y en su área de incidencia, que alcanza también a barrios Villa Urquiza, San Ignacio y parte de barrio Alberdi. “Sin embargo, invitamos a otros espacios de trabajo organizados a que se comuniquen con nosotrxs, a fin de abordar registros que pudieran realizarse en otros lugares. Esto es importante, ya que una futura reglamentación de la Ley 24.374 en Córdoba podría beneficiar a familias que hayan adquirido su vivienda mediante boletos de compraventa, independientemente del barrio en que vivan, y siempre que cumplan los requisitos de la futura reglamentación”, concluyen.

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(Imagen: CIC Villa Siburu)

Las familias interesadas en formar parte de esta iniciativa podrán recibir asesoría solicitando turno a los teléfonos 433-7361 o vía WhatsApp al 351-8010609 o al 351-3 090074, de lunes a viernes de 8 a 14 horas. También podrán acercarse a CIC Villa Siburu en Pasaje Bodereau 3670.

Fuente: Redacción La tinta / Imagen de portada: Centro Integrador Comunitario Villa Siburu.