Derechos Humanos

Pedido de prisión perpetua para Miguel Etchecolatz por los delitos en Arana

Por Redacción ACN • 11/04/2022 15:46 • Tiempo estimado de lectura: 3 minutos

El represor fue acusado junto con Julio César Garachico por los secuestros y torturas cometidas a siete personas en el excentro clandestino, entre ellas el albañil Jorge Julio López.

«Lo imposible solo tarda un poco más» dijo Emi Villares de Dambra luego de escuchar la sentencia de la megacausa la Perla en Agosto de 2016. Aquella frase que se convirtió en muestra de los Sitios de Memoria de Córdoba, sigue teniendo vigencia cuando en algún juzgado del país se juzga a un represor y los crímeness de lesa humanidad cometido en la última dictadura cívico militar.

En la jornada de este lunes, la Unidad Fiscal Federal para causas por violaciones a los derechos humanos durante la época del terrorismo de Estado de La Plata pidió la pena de prisión perpetua para los represores Miguel Etchecolatz y Julio César Garachico por los secuestros y torturas sufridas por siete personas en el excentro clandestino de Arana, entre ellas el albañil Jorge Julio López y el estudiante secuestrado en el episodio conocido como La Noche de los Lápices, Francisco López Muntaner; y el asesinato de dos de esos secuestrados.

Así lo requirió este lunes el fiscal auxiliar Juan Martín Nogueira al alegar en el juicio que desde el 30 de agosto de 2021 sigue el Tribunal Oral Federal (TOF) n° 1 de La Plata, integrado por Andrés Fabián Basso, José Michelini y Alejandro Esmoris, para determinar la responsabilidad de Etchecolatz y el exjefe de calle de la Unidad Regional La Plata, Julio César Garachico, por los delitos que tuvieron como víctimas en 1976 al dos veces desaparecido Jorge Julio López y a seis de sus compañeros y compañeras de militancia de una unidad básica del barrio de Los Hornos.

«Está absolutamente acreditada la participación de (Miguel) Etchecolatz en los delitos investigados. Su participación es omnicomprensiva, omnipresente sobre cada acontecimiento del circuito Camps. No fue sólo ‘el hombre atrás del escritorio’, de ideación y transmisión de órdenes, sino que participó en todos los escenarios: atrás, en el medio, adelante», aseveró Nogueira.

«A Garachico, en carácter de oficial principal jefe del servicio externo, se le imputa formar parte del aparato represivo. Aplicó tormentos a Patricia Dell Orto, Ambrosio de Marco, Norberto Rodas, Alejandro Sánchez, Francisco López Muntaner, Guillermo Cano y Jorge Julio López y de los homicidios calificados de Dell Orto, de Marco y Rodas», agregó.

En relación a Garachico, el representante del Ministerio Público subrayó que «estaba plenamente involucrado en el mecanismo de represión ilegal».

«Los hechos aquí juzgados pueden ser vistos como parte del plan de exterminio contra población y del plan sistemático contra la población civil y, en este sentido, se subsumen en crímenes contra derechos de gente. Son actos de genocidio y crímenes de lesa humanidad», profundizó el fiscal.

Y destacó que la persecución de un grupo nacional se tradujo en «actos genocidas que buscaban disciplinar a la sociedad para reorganizarla».

«Fue un genocidio reorganizado y graves violaciones a los derechos humanos contra la población civil. Toda la sociedad se vio amenazada».

Nogueira expresó que «en función de los delitos y agravantes las penas no dejan margen más que para penas perpetuas», determinó.

En el caso de Etchecolatz, el fiscal reclamó la aplicación de la pena de «prisión perpetua como coautor mediato a través del uso del aparato de poder por los homicidios calificados por alevosía en concurso de dos o más personas en perjuicio de Norberto Rodas y Alejandro Sánchez, y la privación ilegítima de la libertad agravada por haber sido cometida con violencia en dos oportunidades, con el agravante de ser perseguidos políticos en perjuicio de Rodas y Sánchez, en concurso real con los delitos contra el derecho de gentes, crímenes de genocidio y delitos de lesa humanidad».