Derechos Humanos
Ampliación de derechos: las personas no binarias podrán elegir «X» en el DNI
Por Redacción ACN • 22/07/2021 00:01 • Tiempo estimado de lectura: 2 minutos
El Gobierno nacional oficializó que las personas que no se reconocen dentro del sistema binario femenino/masculino puedan identificarse de esa manera con una tercera opción, que utilizará la letra «X».
El Gobierno oficializó este miércoles la incorporación en los Documentos Nacionales de Identidad (DNI) de la posibilidad de que las personas que no se reconocen dentro del sistema binario femenino/masculino puedan identificarse de esa manera con una tercera opción, que utilizará la letra «X».
Así lo hizo con la publicación del Decreto 476/2021 en la edición de miércoles del Boletín Oficial, previo al acto de anuncio formal de la medida que se realizará hoy en el Museo del Bicentenario de la Casa Rosada, encabezado por el presidente Alberto Fernández.
La norma lleva la firma del jefe de Estado; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; del ministro del Interior, Eduardo ´Wado´ de Pedro; y de la ministra de Mujeres, Género y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta.
El decreto dispuso que el Registro Nacional de las Personas (Renaper) «deberá adaptar las características y nomenclaturas de los DNI y de los Pasaportes que emite, con exclusividad, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 26.743″, en referencia a la ley de identidad de género aprobada en la Argentina el 24 de mayo de 2012.
En este sentido, el decreto indica que «se incorporará una tercera opción documentaria en la categoría ´sexo´ en el DNI y el Pasaporte, con el fin de contemplar el derecho a la identidad de género respecto de aquellas personas que no se reconocen dentro del sistema binario femenino/masculino».
«Resulta necesario establecer que pueda consignarse en el DNI así como en el Pasaporte Electrónico Argentino, en la zona reservada al “sexo”, y conforme el Documento OACI Nº 9303, las nomenclaturas “F”, “M” o “X”, saliendo así del esquema de posibilidades binarias que existían previo al dictado de la presente medida», dice la norma.
Quiénes podrán elegir la X
«La nomenclatura “X” en el campo ´sexo´ comprenderá las siguientes acepciones: no binaria, indeterminada, no especificada, indefinida, no informada, autopercibida, no consignada; u otra acepción con la que pudiera identificarse la persona que no se sienta comprendida en el binomio masculino/femenino», detalla el decreto.
Fuente: Télam