Salud

La Ley Johanna es un hecho

Es una legislación de «Procedimientos Médico-Asistenciales para la Atención de Mujeres y Personas Gestantes frente a la Muerte Perinatal».

Por Redacción Feminacida • 05/10/2023 01:20 • Tiempo estimado de lectura: 3 minutos

La Ley Johanna se aprobó el 29 de septiembre en el Senado de la Nación. Se trata de una legislación de «Procedimientos Médico-Asistenciales para la Atención de Mujeres y Personas Gestantes frente a la Muerte Perinatal» que estaba a la espera de quórum, tras haber recibido media sanción en 2022. En esta oportunidad, obtuvo 54 votos afirmativos y 1 negativo. 

La iniciativa es otra conquista para las mujeres y personas gestantes que atravesaron la muerte perinatal. Apunta a generar herramientas para los y las profesionales de salud a fin erradicar las prácticas violentas médico-obstétricas e institucionales que padecen quienes deben transitar partos y puerperios de hijes sin vida. 

En Argentina, según el Estudio Anual Demográfico realizado por las Naciones Unidas en el año 2000, el número de muertes perinatales fue de 28.000 casos, es decir, el 4 por ciento de los embarazos registrados. Más acá en el tiempo, los datos del Ministerio de Salud de la Nación en 2015 refieren que la tasa de mortalidad perinatal fue de 11,3 por cada 1.000 nacidos vivos en Argentina. En total fueron 8.724 muertes perinatales, comprendiendo bebés con hasta siete días de nacidos.

Por otro lado y en concordancia con estos números, también en 2015 el Ministerio de Salud registró 6.164 muertes intrauterinas, es decir, en cualquier momento del embarazo. Desde las 22 semanas fueron 5.038 y desde la 28, 3.785.

A nivel mundial, la Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que “cada año se producen casi 2 millones de muertes prenatales, 1 cada 16 segundos. Más del 40 por ciento de la totalidad de las muertes perinatales ocurren durante el parto, una pérdida que podría evitarse con una atención respetuosa y de mejor calidad durante el parto, incluido el control sistemático y el acceso oportuno a la atención obstétrica de urgencia cuando sea necesario”. A su vez, explica que “la mayoría de las muertes prenatales son prevenibles con una atención sanitaria de calidad durante el embarazo y el parto”.

El Proyecto de Ley N° 1313 establece que las mujeres y personas gestantes, frente a la situación de muerte perinatal —la que se produce entre la semana 22 del embarazo hasta siete días después del nacimiento—, tienen derecho a recibir información sobre lactancia, métodos de inhibición y/o donación; a recibir tratamientos médicos y psicológicos post internación a fin de reducir la prevalencia de trastornos derivados de duelos crónicos y a su debido seguimiento, contemplando el abordaje desde la especificidad de la salud mental perinatal. 

Apunta a que les profesionales de la salud que intervengan en el momento del parto posean conocimiento sobre los “procedimientos de actuación estandarizados que faciliten la atención sanitaria de aquellas personas gestantes y familias que sufren una muerte perinatal». Además, plantea que se lleven adelante «diversas estrategias para que la persona gestante, pareja y/o familia puedan atravesar y aceptar la pérdida en un ambiente de contención y cuidado». 

FUENTE: Feminacida. Nota completa.